Albos Law consigue una sentencia íntegramente estimatoria en Reus para un cliente que reclamaba los gastos hipotecarios abonados en el momento de formalizar su préstamo hipotecario con la entidad financiera ING Direct en el año 2010 (Sentencia n. 138/2024 de 3 de mayo dictada por el Juzgado de Primera Instancia n. 2 de Reus).

En concreto se interpuso demanda de juicio verbal contra la entidad referida, interesando en el suplico la declaración de nulidad por abusiva de la cláusula de distribución de gastos incorporada a la escritura, así como la devolución de los gastos abonados para la formalización de la operación de préstamo (Notario, Registro, Tasación y Gestoría), con los intereses legales desde la fecha de cada abono y solicitando la condena a las costas procesales para la entidad demandada.

En su contestación a nuestra demanda ING sostenía que la cláusula de distribución de gastos contenida en la escritura de hipoteca no podía ser declarada nula, al formar parte del precio del contrato (TAE) informado al cliente, ante lo que el Juzgado señaló en su pronunciamiento para desestimarlo que se trataba de un “alegato que, formulado en 2024, no deja ser sorprendente, habida cuenta de que existe una jurisprudencia consolidada desde años tanto del TS como del TJUE que de forma sistemática declara la nulidad de este tipo de cláusulas.”


Asimismo, ING alegaba la prescripción de la acción para reclamar la restitución de todas las cantidades pagadas en virtud de la estipulación declarada nula, entendiendo de aplicación el plazo de 5 años establecido en el artículo 1964 del Código Civil. Asimismo, señalaba que el dies a quo del cómputo del plazo de prescripción no podía fijarse más tarde del 1 de enero de 2017 por el incremento de los litigios relativos a esta materia que conllevaron la aparición de los Juzgados provinciales especializados. En respuesta a ello, el Juzgado procedió a desestimar igualmente este alegato refiriéndose a las recientes Sentencias del TJUE el 25 de abril de 2024 sobre prescripción de la acción de restitución derivada de la nulidad de la cláusula gastos, en los asuntos C-484/21 Caixabank, que planteaba el Juzgado de Primera Instancia de Barcelona y C-561/21 Banco Santander, que planteaba el Tribunal Supremo, y concluyendo en lo siguiente:


“En el presente caso, el profesional no ha desplegado actividad probatoria alguna para acreditar que el consumidor tenía o podía razonablemente tener conocimiento de tal hecho antes de dictarse una sentencia que declare la nulidad de dicha cláusula.”


Finalmente, además de estimar íntegramente nuestra demanda condenando a ING al pago del principal reclamado e intereses a devengados desde que los pagos indebidos fueron realizados, también condena a la entidad al pago de las costas procesales, haciendo un especial hincapié a la temeridad con la que la entidad ha actuado al oponerse respecto de la nulidad de la cláusula, teniendo en cuenta que existe abundante jurisprudencia relativa a esta materia. Con ello, nuestro cliente podrá recuperar los gastos de abogado y procurador que tuvo que anticipar para poner en marcha el procedimiento.

Albos Law es una firma especialista en reclamaciones bancarias, y ajustamos debidamente todas nuestras reclamaciones a la jurisprudencia existente más actualizada para conseguir una sentencia estimatoria en todos sus extremos, además de una condena en costas a la entidad financiera, para que nuestros clientes sean enteramente resarcidos.