Albos Law consigue una sentencia íntegramente estimatoria en Reus para una clienta que reclamaba una indemnización a su entidad Banco Santander por deficiencias de seguridad en su cuenta corriente, tras haber sido víctima de phishing (Sentencia n. 207/2024 de 20 de junio dictada por el Juzgado de Primera Instancia n. 2 de Reus).
En concreto interpusimos demanda de juicio verbal contra la entidad referida, reclamando por el importe de las cantidades que fueron sustraídas de la cuenta de nuestra clienta por deficiencias de seguridad, más los intereses legales desde que se produjeron los cargos indebidos.
El Juzgado señaló que “como regla general, sin perjuicio de la posibilidad de repetir contra el proveedor de servicios de iniciación de pagos, es el proveedor de servicios de pago el que responde de la restitución al ordenante el importe de las operaciones de pago no autorizadas. La excepción a esa regla atribuye la responsabilidad al ordenante en casos tasados: cuando actúe de manera fraudulenta, o incumpla deliberadamente o por negligencia grave las obligaciones del artículo 41, entre las que se incluyen las de tomar todas las medidas razonables a fin de proteger sus credenciales de seguridad personalizadas.”
La norma sustantiva se complementa con una regla de distribución de la carga de la prueba: «corresponderá al proveedor de servicios de pago, incluido, en su caso, el proveedor de servicios de iniciación de pagos, probar que el usuario del servicio de pago cometió fraude o negligencia grave» (artículo 44.3 del RDLey 19/2018). Y en el caso enjuiciado Banco Santander no fue capaz de probar este extremo.
Entre otras cuestiones, el Juzgado resaltó que “No estamos ante un caso en el que el cliente haya suministrado alegremente sus claves de seguridad a terceros. En realidad, no hizo sino confirmar la solicitud que le enviaba Banco Santander en los términos ambiguos antes indicados, sin compartir con nadie sus claves.” Y, asimismo, que “la actora reaccionó con prontitud, poniendo en conocimiento lo sucedido ante Banco Santander de forma inmediata; entidad que tuvo la oportunidad de bloquear o retrotraer esos cargos fraudulentos.”
Por ello, acordó estimar íntegramente nuestra demanda, declarando la responsabilidad de Banco Santander, tanto por aplicación de los preceptos antes citados del Real Decreto Ley 19/2018 como por aplicación del art. 1101 CC, condenándole a abonar a nuestra representada las cantidades indemnizatorias reclamadas, junto con los correspondientes intereses, y el pago de las costas procesales.
Albos Law es una firma especialista en reclamaciones de responsabilidad civil. Realizamos el estudio de viabilidad de cualquier caso que se nos plantee sin compromiso alguno, en aras de garantizar en la medida de lo posible, el éxito de las demandas presentadas a favor de nuestros clientes.